Herencias y legados
Cada vez recibimos más ofrecimientos de personas que desean que su voluntad de ayudar a los más desfavorecidos pueda conservarse en el futuro. Por eso, observamos que muchas de estas personas desean incluir a FESBAL en su testamento o realizar un legado a su favor, lo que nos permitirá atender a más personas en riesgo de exclusión social.
Preguntas frecuentes sobre herencias y legados
¿Puedo legar a FESBAL en mi testamento?
Claro.
Además de aquellos familiares de una persona que son los que según ley tienen derecho a recibir una parte de la herencia, la Ley también dispone que una parte de la propia herencia (cuya cuantía depende de quienes sean los herederos forzosos) pueda destinarse libremente a una o más personas, físicas o jurídicas.
Esto incluye a entidades de todo tipo y por tanto a entidades sin ánimo de lucro como la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL).
¿Porqué FESBAL?
Desde FESBAL gestionamos los asuntos comunes a los Bancos de Alimentos repartidos por España. Con afán de servicio, también distribuimos entre ellos las grandes y pequeñas donaciones recibidas. Velamos por las necesidades de nuestros Bancos de Alimentos asociados, sin perder la visión de conjunto, según el espíritu de solidaridad que anima a nuestra organización.
¿Cómo puedo legar a FESBAL en mi testamento?
Existen varias posibilidades, según los deseos y la situación de la persona:
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Destinar un porcentaje de la herencia a FESBAL.
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Nombrar a FESBAL heredera única de todos los bienes.
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Hacer un legado específico a FESBAL de algún bien.
* En ninguno de estos casos de disposición testamentaria a favor de FESBAL su legado perjudicará los derechos de sus herederos forzosos y que por ley tienen derecho a recibir su parte de la herencia llamada legítima.
Al incluir a FESBAL en el testamento, cite siempre de forma explícita los datos de la entidad que aparecen a continuación:
Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL)
Ctra. Colmenar Viejo. Km 12,8 (Ciudad Escolar)
28049, Madrid
CIF: G-82410432